Sistema de Correspondencia
(SISCO)

Biografía

Partiendo de la estrategia de Gobierno Digital, hemos construido un gobierno transparente con el uso de las tecnologías de la información y comunicación y es a través del Sistema de Correspondencia, que permitirá a esta Secretaría optimizar y agilizar los trámites, elevando la calidad de los servicios gubernamentales y coadyuvando a la transparencia con una atención puntual a las dependencias, entidades y coordinación de la Administración Pública Estatal, así como de los diferentes Órganos del Estado y de particulares
El desarrollo de esta herramienta digital de trabajo, producto que nace de esta Secretaría de Contraloría, permitirá que las unidades que conforman la dependencia, llevemos a cabo la recepción, remisión y almacenamiento electrónico de la información, de una manera más flexible, rápida y eficiente a los procesos, facilitando la toma de decisiones.
El Sistema de Correspondencia, obedece además, a las medidas de austeridad y contención del gasto público, al permitir trabajar de manera colaborativa con las áreas en el envío y recepción de correspondencia mediante el intranet de la dependencia para su seguimiento, atención y resolución, agilizando los procesos de respuesta de solicitudes.
Por ende, agradezco el apoyo y empeño de nuestros compañeros, al servicio del Estado, que participaron en el desarrollo del Sistema de Correspondencia. Morelia, Michoacán; febrero de 2020.

Sinceramente

L. A. E. Francisco Huergo Maurín
  • Secretario de Contraloría

  • Desarrollo y colaboración del Sistema:
  • Alain Hernandez Mora
  • Leticia Calvillo Rodríguez
  • Griselda Ramírez Cortés
  • María Teresa Vega Fabián
  • Jesús Pérez Cuica
  • Guadalupe Verónica Ruiz Ruiz
  • Yessica Karina Díaz Aguirre
  • Juan Manuel Santana Olmedo
  • Francisco Javier Rocha Hernández
  • Mayra Aguilar Zavala
  • David Ikíngari Solórzano Villalón
  • Importante

    La información recabada, incorporada y contenida en este Sistema estará protegida conforme a lo dispuesto en los artículos 3, fracción VII, 6, 13, 14, 19 y 27 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Michoacán de Ocampo; 84, 97 y 102, fracciones VI, VIII, IX, X Y XI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo; por lo que su uso, registro, organización, conservación, comunicación, difusión, almacenamiento, posesión, aprovechamiento o disposición queda sujeta a las sanciones y responsabilidades acorde con lo establecido en los artículos 6, fracciones I y VIII, y 13 Ley Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo.

    ************ HISTORIAL ************




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